Decreto Nº. 7.258/2021.

D. Nº. 7.258/2021.

VISTO: El asunto Nº 11 del 21 de enero de 2021, I. de S. P/Of. Nº 038/2021, remite Expediente. Nº. 16.782/2018 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto exonerar tasa permiso edificación Cooperativa Vivienda CO.VI.POL.S padrón Nº. 37.220”.

RESULTANDO: I) Que este expediente trata de la construcción de un conjunto de 31 viviendas en el Padrón 37.220, por parte de la cooperativa  de Viviendas Policiales Salto (CO.VI.POL.S.).

II) Que por nota en el mencionado expediente, comparece la Cooperativa de Viviendas VI.POL.S., ante el Ejecutivo Departamental, solicitando la exoneración de pago de tributos que afectan la construcción de las viviendas.

CONSIDERANDO: Que la promotora se trata de una Cooperativa de Viviendas, que persigue una evidente finalidad social, por lo que amerita una respuesta favorable  de parte del Cuerpo Legislativo.

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Exonérase a la Cooperativa de Viviendas Policiales Salto (CO.VI.POL.S.) del pago del tributo “tasa de permiso de edificación” prevista en el artículo  148 del Decreto  Nº 5.629/1986, modificativos y concordantes, por la construcción de viviendas  en el padrón Nº. 37.220.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sr. Mario Furtado

Presidente    

Sr. Álvaro da Cunda Leal

    Secretario General 

Salto, 4 de marzo de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.257/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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