D. Nº. 7.300/2021.
VISTO: El asunto Nº. 22 del 23 de enero de 2018, I. de S. P/Of. Nº. 58/2018, remite Exp. Nº. 75.852/2011 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto Nomenclatura en Barrio Andresito”.
RESULTANDO: I) Que la Comisión, a través de su representante, eleva propuesta para designar varias calles sin denominación oficial que circundan el barrio Andresito; sugiriendo determinar la nomenclatura con fechas conmemorativas significativas, que se describen a fojas 2 del expediente del visto.
II) Que a fojas 14 luce agregado plano de Roberto Pejo registrado en la Oficina Delegada de Catastro de Salto con el Nº. 10.347, el día 04/07/2005.
CONSIDERANDO: I) Que la administración brinda total apoyo a la Comisión Vecinal solicitante, siendo de suma importancia que los nombres surjan por iniciativa de los propios vecinos y de la Comisión del Barrio.
II) Que los nombres propuestos refieren a fechas relevantes que merecen integrar el nomenclátor, brindando una oportunidad para centrar la atención en importantes cuestiones; que pretenden sensibilizar a la población con un mensaje clave, ya sea en relación a los Derechos Humanos; protección a la salud, derechos de las trabajadoras domésticas y tradición cristiana, Los reyes magos.
III) Que surge a su vez como criterio orientador para el barrio Andresito, ya que la función primordial del nomenclátor es orientar al transeúnte.
IV) Que de acuerdo a lo que surge del plano de Roberto Pejo, registrado en la Oficina Delegada de Catastro de Salto, con el Nº. 10.347, el día 04/07/2005, solo corresponde nombrar para el barrio Andresito, las cuatro calles que se indican en la parte dispositiva del presente.
V) Que el articulo 19 numeral 31 de la ley Orgánica Municipal Nº. 9.515, reserva a la Junta Departamental de Salto la facultad privativa de determinar la nomenclatura de calles, caminos, plazas y paseos.
ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Nomenclatura y a lo dispuesto en el numeral 31 del artículo 19 de la ley 9.515.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Desígnase con el nombre 10 de Diciembre (Día de los Derechos Humanos) a la calle existente (ancho 21 metros) que corre en sentido de Este a Oeste, ubicada al Norte de la manzana K, según plano de Roberto Pejo, registrado en la Oficina Delegada de Catastro de Salto, con el Nº. 10.347, el día 04/07/2005.
Aprobado: (30 votos en 30)
Artículo 2º.- Desígnase con el nombre 20 de Mayo (Día de los Desaparecidos) a la calle existente (ancho 17 metros) que corre en sentido de Este a Oeste, ubicada al Sur de la manzana Z, según plano indicado en el artículo 1.
Aprobado: (30 votos en 30)
Artículo 3º.- Desígnase con el nombre 19 de Agosto (Día de la Empleada Doméstica) a la calle existente (ancho 17 metros) que corre en sentido de Norte a Sur, ubicada entre manzana J y K, según plano indicado en el artículo 1.
Aprobado: (30 votos en 30)
Artículo 4º.-Desígnase con el nombre 6 de Enero (Día de Reyes) a la calle existente (ancho 17 metros) que corre en sentido de Noroeste a Sureste, ubicada entre manzana J y L, según plano indicado en el artículo 1.
Aprobado: (30 votos en 30)
Art. 5º.- Comuníquese etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 5 de agosto de 2021.
Este Decreto contó para su aprobación en general con 30 votos en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General