D. Nº. 7.309/2021.
VISTO: El Asunto número 96 de fecha 19 de marzo de 2021: “I. de S. P/Of. 193/21, remite expediente Nº 25.306/2020 caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto donar a favor del Sr. Ariel Paz Vargas, Padrón 32.466”.
RESULTANDO: I) Que comparecen el Sr. Paz Vargas, solicitando se escriture a su favor el inmueble, empadronado con el Nº 32.466, fracción 12, de la manzana K, ubicado en calle 6 de abril Nº 3106, barrio Caballero
II) Que del informe de Escribanía surge que el señor arriba indicado suscribió comodato del referido padrón con la Intendencia de Salto con fecha 7/8/2006 y conjuntamente el reglamento que rigió la adjudicación de dichos lotes, indicando las condiciones establecidas para poder acceder al título de propiedad en carácter de donación y que parte se hará cargo de los gastos y honorarios de escrituración según el grupo a que corresponda
III)Que ha cumplido los requisitos exigidos por la reglamentación y cuenta con permiso y final de obra con fecha 23/9/2014, por lo que está en condiciones de acceder al título de propiedad del bien en carácter de donación.
IV) Que la Asistente Social del Departamento de Desarrollo Social informa que pertenece al grupo 2 del subgrupo C.
CONSIDERANDO: I) Que corresponde ordenar la escrituración de donación del predio señalado como solar Nº 12 de la manzana K del padrón Nº 32.466 del barrio Caballero, a favor del señor Ariel Paz Vargas, por haber cumplido los requisitos exigidos y detallados en el reglamento para la adjudicación de lotes del precitado barrio, quedando a cargo de la Intendencia de Salto los gastos y honorarios de escrituración del bien, por pertenecer al grupo 2 del subgrupo C.
II) Que de los informes que anteceden, no se oponen reparos en la escrituración a favor del solicitante, por lo que se otorgará la venia correspondiente para enajenar.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y alo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y a la solicitud por parte de la Intendencia.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para enajenar por título donación y modo tradición, a favor del Sr. Ariel Paz Vargas con C.I. Nº. 3.381.330-9, el padrón Nº. 32.466, bien inmueble y las mejoras que le acceden: señalado como solar N°. 12, manzana K, del barrio Caballero, según plano del Ingeniero Agrimensor Roberto Pejo, de enero de 2003, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Salto con el Nº. 10.115 del 9 de marzo de 2004, conforme a lo establecido en el CONSIDERANDO I) del presente.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DOS DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Sr. Pablo Alves Menoni
1er. Vicepresidente
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 02 de setiembre de 2021.
Este Decreto contó para su aprobación en general con 26 en 26 y en particular con 27 en 27 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General