D. Nº. 7.346/2021
VISTO: El Asunto número 471 de fecha 15 de octubre de 2019: “I. de S. P/Of. 1238/2019, remite expediente Nº. 77.613/2011 caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto otorgar escritura padrón 24.580 vivienda 46 Carlos Ernesto Silva”.
RESULTANDO: I) Que en estas actuaciones se solicitó venia a la Junta Departamental de Salto para escriturar a favor del promitente comprador del padrón Nº 24.680.
II) Que por Decreto 6.615/2012 la Junta Departamental autorizó la escrituración a favor del promitente comprador.
III) Que previo a escriturar, se ha advertido que el padrón correcto es el Nº 24.580 y no Nº 24.680
CONSIDERANDO: Que corresponde enmendar el numero de padrón, por lo que debe gestionarse la anuencia de la Junta Departamental.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el Decreto 6.615/2012 y en su merito autorizar a la Intendencia de Salto, para enajenar por título compraventa y modo tradición, a favor del promitente comprador de la vivienda ubicada en Barrio Uruguay, programa 670, identificada en la forma que se dirá, según plano de deslinde, mensura y fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Jorge R. Lanza de febrero de 1983, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional, Oficina Departamental de Catastro de Salto con el Nº 6490, el 21 de marzo de 1983.
Lote Padrón Vivienda Titular
174 24.580 46 Carlos Ernesto Silva Gutiérrez
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 4 de noviembre de 2021.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 29 en 29 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General