DECRETO Nº. 7.650/2024
VISTO: El Asunto Nº. 716 de fecha 27 de noviembre de 2018.- Asociación de Funcionarios del Legislativo Comunal (A.FU.LE.COM), remite para su estudio proyecto de estatuto del funcionario de la Corporación.
RESULTANDO: Que al estar tratándose el estatuto del funcionario de la Corporación y en particular el Capítulo referido a los Ascensos, se planteó por parte de Sres. Ediles, que la oposición pudiera tener incidencia a través de una mayoría especial para decidir por parte del Tribunal de Ascensos, modificando así la mayoría simple establecida.
CONSIDERANDO: Que se entiende razonable el planteamiento y en harás de respetar las minorías en lo pertinente a los ascensos de los funcionarios dentro de la Corporación, se procederá a dar nueva redacción al inc. 2 del artículo 19 del Decreto Nº. 5.923/97 en la redacción dada por el Decreto Nº. 6.340/07.
ATENTO: a lo dispuesto, a lo informado por la Comisión de Asuntos Internos y dentro de sus potestades legales
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el inc. 2 del artículo 19 del Decreto Nº. 5.923/97 en la redacción dada por el Decreto Nº. 6.340/07, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 19. Inc. 2: “Para el otorgamiento final del ascenso en caso de vacancia se requerirá mayoría especial de 2/3 del Tribunal de Calificaciones”.
Art. 2º.- Dese cuenta, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Sr. Pablo Alves Menoni
Presidente
Abg. Fernando Menoni Sosa
Secretario General interino
Salto, 19 de diciembre de 2024.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 votos en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.
Abg. Fernando Menoni Sosa
Secretario General interino