Decreto Nº. 7.469/2022.

D. Nº. 7.469/2022.

 

VISTO: El Asunto número 549 de fecha 05 de octubre de 2022: “I. de S. P/Of. 837/22, remite expediente Nº 21.794/2021 caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto revocar Resolución 49/94 enajenar fracción 2 padrón 28.393 Peralta y otra”.

RESULTANDO: I) Que comparece el Sr. Álvaro Duarte, solicitando la regularización de la documentación de la vivienda ubicada en calle Verocay vivienda Nº 47 del Barrio La Tablada, manifestando ser quien vivió hace más de 45 años, conjuntamente con sus abuelos (José Peralta y Celanira Rodríguez), ya fallecidos.

II) Que con fecha 13 de agosto de 2021, la División Escribanía informa que por Resolución de la Junta Departamental de Salto Nº 49/994 se otorgó venia para escriturar a favor de ELENAMER PERALTA y CELANIRA RODRÍGUEZ, la fracción 2 de la manzana B del Plano del Ingeniero Agrimensor Roberto H. Pejo de Enero de 1990, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional, Oficina Departamental de Catastro de Salto, con el Nº 8452, el 31 de agosto de 1994, identificado actualmente como padrón número 28.393.

III) Que, del informe del Departamento de Desarrollo Social, agregado a fojas 6, surge que el solicitante Álvaro Fernando Duarte vive desde su nacimiento en la vivienda donde fuera criado por los beneficiarios de la venia. Actualmente el núcleo familiar del solicitante está compuesto por su esposa y sus tres hijas.

IV) Que los beneficiarios de la venia se encuentran actualmente fallecidos, conforme a lo que surge de los testimonios de Partidas de Defunción agregados al expediente referido en el Visto.

CONSIDERANDO: Que, a los efectos de regularizar la situación, se entiende necesario revocar la autorización concedida para enajenar por donación a los beneficiarios ELENAMER PERALTA y CELANIRA RODRÍGUEZ.

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Revocar la venia otorgada por Resolución de la Junta Departamental, Nº 49/1994 en cuanto concedió la anuencia legal para enajenar por el título y modo establecido a favor de ELENAMER PERALTA y CELANIRA RODRÍGUEZ, la fracción 2 de la manzana B del Plano del Ingeniero Agrimensor Roberto H. Pejo de Enero de 1990, inscripto en la Dirección General de Catastro Nacional, Oficina Departamental de Catastro de Salto, con el Nº 8452, el 31 de agosto de 1994, identificado actualmente como padrón número 28.393, por las razones expuestas en la parte expositiva.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

Sra. Marcela Da Col Bertiz

2da. Vicepresidenta    

 Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General 

 

Salto, 20 de octubre de 2022.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 25 en 25 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.468/2022.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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