Decreto Nº 7.538/2023.

D. Nº 7.538/2023.

 

 VISTO: El Asunto número 158, de fecha 31 de mayo de 2023: “I. de S. P/Of. 346/23, remite expediente Número 59.890/2013, caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto autorizar otorgar escritura compraventa a favor de C. Carratto Padrón 24.217”.

RESULTANDO: I) Que, por el mismo, comparece la Sra. María Isabel González Araujo, solicitando autorización para proceder a la cesión de derechos respecto a la vivienda Nº. 88, programa 476 del Banco Hipotecario, sita en Barrio Uruguay del Departamento de Salto, indicando que el futuro promitente comprador es el Sr. Carlos Mario Carratto Vera, quien firma de conformidad.

II) Que luce informe socio-económico de Asistente Social de la entrevista domiciliaria al Sr. Carratto, constando que ocupa la vivienda Nº. 88 del Barrio Uruguay y solicita se le otorgue la titularidad de la misma con Padrón Nº. 24.217.

III)  Que luce agregado cesión de derechos de promitente comprador con certificación de firmas.

IV) Que surge constancia expedida por Agencia Nacional de Viviendas de que se ha cancelado totalmente el precio de venta del inmueble.

V) Que se realiza nuevamente informe por Asistente Social constatando que habita la vivienda de obrados.

VI) Que el servicio de Escribanía del Área Jurídica informa que respecto al Padrón Nº. 24.217 se estaría en condiciones de escriturar a favor de Carlos María Carratto Vera una vez obtenida la venia de la Junta Departamental.

CONSIDERANDO: I) Que se regularizó la situación del padrón de que se trata, ante la Agencia Nacional de Viviendas, conforme a lo indicado en el RESULTANDO IV) del presente, por lo que se estaría en condiciones de firmar documentación definitiva a favor del cesionario promitente comprador, Sr. Carlos María Carratto Vera.

II) Que es interés de la Corporación que se proceda al otorgamiento de las escrituras en la medida que ello sea jurídicamente necesario y factible.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para enajenar por título compraventa y modo tradición el Padrón Nº. 24.217, a favor de Carlos Mario Carratto Vera, titular de C.I. Nº. 3.914.430-4, ubicado en Barrio URUGUAY, pertenece al programa 476 y que según plano de mensura deslinde y fraccionamiento del Ing. Manuel José Galisteo de julio de 1980, inscripto en la Dirección General de Catastro de Salto con el Nº. 5.910 el 24 de julio de 1980; se identifica como lote 88 manzana “I” del plano referido.

Art 2º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A TRES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS.

Mtro. Marcirio Pérez

Presidente      

Sr. Álvaro da Cunda Leal

      Secretario General

 

Salto, 3 de agosto de 2023.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 27 votos en 27 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior La Comisión de Turismo y Trabajo recibió en el día de ayer 31 de julio/2023 a integrantes de la Mesa Intercooperativas.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

Diseño y Desarrollo Hecho en el Sur