Decreto Nº. 7.552/2023.

D. Nº. 7.552/2023.

 

VISTO: El Asunto número 128, de fecha 16 de mayo de 2023: I.de S. P/Of. 295/23, remite expediente Nº. 24.558/2022, caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto solicitando enajenar Padrón Nº. 37.443 a favor de Rosa Liria Chivel y otro”.

RESULTANDO: I) Que en el mismo luce petición formulada por la Sra. Rosa Liria Chivel y Emilio Fabián Benítez a fin de que se realicen las gestiones para que se escriture a su favor el padrón preindicado, ubicado en calle 5, entre las intersecciones de Avda. Concordia y calle 9, con número de puerta 5371.

II) Que Escribanía del Área Jurídica del Departamento de Gestión Administrativa informa que con fecha 31 de diciembre de 2019 el padrón Nº. 37.443 fue entregado a los solicitantes en comodato precario y revocable.

III)  Que surge del informe del Servicio de Asistencia Social del Departamento de Desarrollo Social que los solicitantes están construyendo su vivienda para habitarla una vez avanzada las obras.

IV) Que luce informe del Servicio de Asesoramiento Técnico Legal del Área Jurídica del Departamento de Gestión Administrativa realizando una serie de consideraciones y argumentos en cuanto a que se debería esperar un tiempo considerable para constatar el avance de las obras por ser un caso especial y no dar por incumplido el comodato y luego que estén viviendo en el lugar realizar el trámite para la enajenación a su favor.

V) Que comparece nuevamente la Sra. Chivel dando cuenta que desde el 7/5/2022 se encuentra habitando en el padrón Nº. 37443; y a la fecha la construcción de la vivienda ha avanzado, adjuntando imágenes de la vivienda y documentación de pago de servicios.

VI) Que luce informe de Asistente Social del Departamento de Viviendas y Hábitat indicando la integración familiar, con una antigüedad de un año de ocupación, con construcción de madera.

VII) Que la Inspectoría Departamental de Secretaria General procede a practicar inspección en el padrón Nº. 37.443, agregando fotografías que constatan el avance de las obras.

CONSIDERANDO: I) Que el asesoramiento Técnico Legal del Área Jurídica del Departamento de Gestión Administrativa informa que habiendo cumplido la Sra. Chivel y el Sr. Benítez con la construcción de su vivienda; que se ha constatado que el destino del inmueble es asiento de su vivienda y en base al caso excepcional de la construcción de la misma, se entiende pertinente la adjudicación del bien a la solicitante.

II) Que es necesario regularizar la situación de viviendas en el Departamento, por lo tanto, se otorgará anuencia para enajenar por título donación y modo tradición el padrón Nº. 37.443 a favor de los peticionantes, por parte de la Corporación.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para enajenar por título donación y modo tradición a favor de Rosa Liria Chivel y Emilio Fabián Benítez, titulares de la Cedula de Identidad Nº. 3.897.497-2 y Nº. 3.808.285-0 respectivamente, el padrón individual Nº. 37.443, según plano de mensura y fraccionamiento del Ing. Agrim. Roberto H. Pejo, de junio de 2018, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Salto, el 10 de octubre de 2018, con el Nº. 12.981.

Art 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A SIETE DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.

Sra. Milly Karina Pintos Rodríguez

 1er. Vicepresidenta           

Sr. Álvaro da Cunda Leal

      Secretario General

Salto, 7 de setiembre de 2023.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 26 votos en  26 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Resolución N°. 232/2023.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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