Decreto Nº. 7.561/2023.

D. Nº. 7.561/2023.

 

VISTO: El Asunto N°. 357 de fecha 20 de setiembre de 2023.- Sr. Edil Enzo Molina, presenta exposición escrita para ser elevada a la Comisión de Salud, Higiene y Medio Ambiente, referida a setiembre “Mes de la Persona Sorda”.

CONSIDERANDO: I) Que el mes de setiembre es el “Mes de la Persona Sorda”, coincidiendo con tres fechas muy especiales para la comunidad sorda: el 21 de setiembre acordado por la población sorda uruguaya como “Día Nacional de la Persona Sorda”; el 23 de setiembre “Día Internacional de las Lenguas de Señas” y el 30 de setiembre “Día Internacional de la Traducción”.

II) Que esta conmemoración busca como objetivo promover la inclusión dentro de la sociedad de las personas con problemas auditivos y sordera crónica. Además de concientizar a los ciudadanos sobre la realidad que viven estas personas, su forma de interactuar con el entorno y la importancia que tiene la detección temprana de trastornos auditivos en los niños recién nacidos y como meta, potenciar el interés de las personas en aprender y utilizar la lengua de señas propia de su país para que los individuos sordos se puedan comunicar entre sí y con el resto de las personas.

ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Salud, Higiene y Medio Ambiente y en uso de sus facultades legales de acuerdo a Resolución Nº. 102/1996.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Declárase de Interés Departamental, el mes de setiembre como “El Mes de la Persona Sorda”, por las razones indicadas en la parte expositiva que precede.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTIUNO DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.

Mtro. Marcirio Pérez

Presidente      

Sr. Álvaro da Cunda Leal

      Secretario General

 

Salto, 21 de setiembre de 2023.

Este Decreto contó para su aprobación en general con 26 en 26 y en particular con 24 votos en 24 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.560/2023.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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