Resolución N°. 160/2022.

R. N°. 160/2022.

 

VISTO: El proyecto de Resolución de minuta de comunicación presentado por la Edil del Partido Frente Amplio Sra. Carolina Palacios, solicitando una declaración en apoyo a los trabajadores del sector Citrícola de Salto, en busca de una solución a su problemática laboral.

 

CONSIDERANDO: I) Que el Uruguay tiene una de las mayores empresas citrícolas exportadoras, instalada en Salto: “Frutura”, que por motivos de la transición en la compra de los activos de la anterior firma, la empresa tuvo problemas a través del BPS en algunos padrones adquiridos, por lo que no se pudo cosechar en estos, generando la imposibilidad de ingresar a las quintas los trabajadores. La fruta pereció, con pérdida de mil toneladas de fruta exportable a diferentes destinos, lo que conlleva también, la pérdida de mano de obra, en los diferentes sectores de la cadena de producción y venta del citrus.

II) Que a partir del 15 de septiembre no se puede exportar más a Europa, por un tema arancelario, y pasado el 15 de octubre, el porcentaje arancelario es aún mayor y por tanto la empresa trabajará a pérdida.

 III) Que la situación de los trabajadores del Sector Citrícola de Salto, es compleja cada año a partir del  cambio varietal. El sector constantemente, se ve afectado por diferentes factores que recaen en el último eslabón de la cadena, en el trabajador y trabajadora del citrus, disminuyendo la mano de obra local y regional.

IV) Que las variedades que se extienden en el tiempo, es una de las variedades de valencia, una porción bastante importante de todas las toneladas exportadas, que se exportan a Rusia, y por el conflicto que presenta este país, la variedad no se puede exportar.

V) Que el factor climático, también ha tenido incidencia en la producción de la región, cómo pasó con “Azucitrus”, que también perdió material, por voladura de la mitad de las cámaras, y estropeo de plantaciones. En San Miguel – Young, hubo rechazo de plantaciones por mosca cuarentenaria, que no pudo ser exportada, y eso ha generado pérdida de mano de obra calificada de trabajadores y trabajadoras.

VI) Que la delicada situación en relación al trabajo en general, y a fin de evitar un impacto social y laboral negativo, sumado al escenario de conflicto bélico, climático y sanitario, lo complejiza aún más, y para evitar mayores perjuicios al sector, así como también de proteger la capacidad productiva del mismo, y tratándose de una rama de actividad muy importante para nuestro país, se solicita al Poder Ejecutivo que extienda el régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores del sector citrícola al amparo de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008.

ATENTO: a lo expuestos, a lo informado por la Edil proponente del proyecto y en uso de sus facultades legales:

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

RESUELVE:

 

.- Enviar la siguiente Minuta de comunicación:

1) Reconocer la importancia de las fuentes laborales que el sector citrícola genera para el Departamento de Salto y la región.

2) Apoyar la iniciativa de diálogo entre los trabajadores organizados y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, solicitando una resolución favorable para las y los trabajadores.

3) Alentar que se convoque y conforme una mesa multisectorial definitiva en la que este presente el Ministerio de Trabajo, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Cámara Empresaria y los Trabajadores organizados para abordar una solución definitiva.

4) Comuníquese la presente Resolución a : Presidencia de la República, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, Cámara de Representantes y Senadores, Federación Sindicato Citrícola Agro Industrial y prensa en general.

.-  Dese cuenta, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS.

 

Mtro. Gonzalo Rodríguez Galvalisi

Presidente                  

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.432/2022.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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