D. Nº. 7.553/2023.
VISTO: El asunto Nº. 263 del 10 de agosto de 2023, I. de S. P/Of. Nº. 567/2023, remite Exp. Nº. 39.936/2022 caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto exonerar tasa permiso edificación a COVIBURTON padrón 36.774”.
RESULTANDO: I) Que este expediente trata de la construcción de 23 viviendas por ayuda mutua y un salón de usos múltiples en el padrón 36.774 por parte de la Cooperativa de Viviendas Burton CO.VI.BURTON de acuerdo a planos y memorias descriptivas que lucen en el expediente.
II) Que en el mismo expediente la Cooperativa solicita exoneración de tributos municipales que afectan la construcción proyectada por la Cooperativa.
CONSIDERANDO: Que la promotora se trata de una cooperativa de viviendas de ayuda mutua, que persigue una evidente finalidad social, por lo que amerita una respuesta favorable de parte de la Corporación.
ATENTO: a lo expuesto, a la solicitud que hace el Sr. Intendente de Salto, dentro de sus facultades legales y a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Exonérase a la “Cooperativa de Viviendas CO.VI.BURTON. (Cooperativa de Viviendas Burton)” del pago del tributo tasa de permiso de edificación” prevista en el artículo 148 del Decreto Nº. 5.629/1986, modificativos y concordantes, por la construcción de viviendas en el padrón Nº. 36.774.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A SIETE DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.
Sra. Milly Karina Pintos Rodríguez
1er. Vicepresidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 7 de setiembre de 2023.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 26 votos en 26 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General