Decreto Nº. 7.272/2021.

D. Nº. 7.272/2021.

VISTO: El asunto Nº 139 del 22 de abril de 2021, I.deS. P/Of. Nº 305/2021, remite Exp. Nº 3.554/2021 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto exonerar a CO.VI.DI.JU.SAL, permiso de construcción padrón Nº 38.562”.

RESULTANDO: I) Que por expediente administrativo 2021-3554, los representantes de la Cooperativa de Viviendas Diez de Julio Salto, (CO.VI.DI.JU.SAL) solicitan autorización para construir viviendas en un inmueble de su propiedad empadronado con el Nº 36.562, habiendo acreditado oportunamente la representación invocada.

II) Que CO.VI.DI.JU.SAL. se encuentra inscripta en el Registro Único de Contribuyentes con el Nº. 83.397 y en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Registro Nacional de Cooperativas.

III) Que se concedió el permiso solicitado debiendo abonarse los derechos por tal concepto. (fojas 28 y sgtes)

CONSIDERANDO: I) Que el artículo 148 del DECRETO 5629/86 y modificativos, no establece causales de exoneración, por lo que la administración evaluó la oportunidad y/o conveniencia de solicitar la anuencia.

II)Que la promotora se trata de una Cooperativa de Viviendas, que persigue una evidente finalidad social y que carece de recursos para abonar el tributo, por lo que amerita una respuesta favorable  de parte del Cuerpo Legislativo.

ATENTO: a lo expuesto y a la solicitud que hace el Sr. Intendente de Salto, dentro de sus facultades legales y a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Exonérase a la Cooperativa de Viviendas Diez de Julio Salto, (CO.VI.DI.JU.SAL) del pago del tributo tasa de permiso de edificación prevista en el artículo  148 del Decreto  Nº. 5.629/1986, modificativos y concordantes, por la construcción de viviendas  en el padrón Nº. 38.562, de la ciudad de Salto.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sr. Mario Furtado

Presidente   

Sr. Álvaro da Cunda Leal

    Secretario General 

Salto, 20 de mayo de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.271/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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