Decreto Nº. 7.282/2021.

D. Nº. 7.282/2021.

 

VISTO: El Asunto número 70 de fecha 12 de marzo de 2019: “I. de S. P/Of. 173/2019, remite expediente Nº. 30.969/2012 caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto solicitando enajenar Padrón 32.648 Bº La Amarilla a María José Emed y otro”.

RESULTANDO: I) Que comparecen los Sres. María José Emed González y Luis Alberto Pereira Lalindre, solicitando obtener los títulos del terreno que fue adjudicado  en el año 2010, sito en Barrio La Amarilla, manzana Ñ – padrón 32.648- a los efectos de poder acceder al préstamo de autoconstrucción asistida del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

II) Que del informe de Escribanía surge que con fecha 17 de diciembre de 2010, fue adjudicado el referido bien a los comparecientes.

III) Que en el referido inmueble, los comodatarios realizaron construcciones autorizadas, otorgándose final de obras con fecha 24 de enero de 2019 (fs. 66).

IV) Que el Departamento de Desarrollo Social, realizó informe técnico social en el domicilio de los comparecientes, constatándose la ocupación.

CONSIDERANDO: I) Que es voluntad de la Intendencia de Salto, regularizar aquellas situaciones excluidas de los Programas de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI).

II) Que de los informes que anteceden, no se oponen reparos en la escrituración a favor de los solicitantes, por lo que se otorgará la venia correspondiente para enajenar.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y a la solicitud por parte de la Intendencia.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para enajenar por título donación y modo tradición, a favor de los Sres. María José Emed González y Luis Alberto Pereira Lalindre con C.I. Nº 3.491.163-3 y 3.283.109-9 respectivamente, el padrón Nº. 32.648, solar Nº. 3, manzana Ñ, del barrio La Amarilla, según plano del Ingeniero Agrimensor  Roberto Pejo, de marzo de 2004, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Salto con el Nº. 10.158 del 23 de junio de 2004.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «TEATRO LARRAÑAGA» EN SALTO, A DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sr. Mario Furtado

Presidente    

Sr. Álvaro da Cunda Leal

      Secretario General 

Salto, 17 de junio de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Resolución N°. 47/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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