D. Nº. 7.287/2021.
VISTO: Oficio número 523/2021 de fecha 10 de junio de 2021, caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto solicitando ampliación régimen de facilidades de pagos de tributos”
RESULTANDO: I) Que el Decreto Nº. 7.246/2020 del 18/12/2020, estableció un amplio régimen de facilidades para cancelar adeudos tributarios con la Intendencia de Salto.
II) Que el Art. 18 dispone que para ampararse al régimen previsto, los contribuyentes disponen de plazo hasta el 30 de junio de 2021.
CONSIDERANDO: I) Que la situación actual de pandemia generada por el COVID 19, ha afectado la movilidad ciudadana en general y la vinculada a la Intendencia en particular, ya que la misma, en su interés por reducir los riesgos sanitarios de la población, suspendió actividades, cerró dependencias, limitó el ingreso a oficinas centrales, etc.
II) Que tal situación afecta el interés de los contribuyentes de ampararse al régimen de facilidades anotado, por lo que se estima oportuno ampliar el plazo establecido en la precitada norma.
ATENTO: A lo expuesto, a la solicitud del Sr. Intendente, a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto y en uso de sus facultades legales.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Amplíase hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo establecido en el Art. 18 del Decreto Nº. 7.246/2020 del 18 de diciembre de 2020.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «TEATRO LARRAÑAGA» EN SALTO, A VIENTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO.
Sr. Mario Furtado
Presidente
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 28 de junio de 2021.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 26 en 26 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General