Decreto Nº. 7.288/2021.

D. Nº. 7.288/2021.

 

VISTO: El Asunto número 04, de fecha 80 de enero de 2020: “I. de S. P/Of. 002/2020, remite expediente N°. 26.293/2014, caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto enajenar a favor de Sra. María De Cuadro Fontoura, Padrón 33.983”.

RESULTANDO: I) Que en fecha 30 de mayo de 2014,la Sra. De Cuadro solicita que los títulos correspondientes al padrón Nº. 33.983, manzana E, vivienda 29, Salto Nuevo Norte, figuren a su nombre, describiendo y acreditando su situación.

II) Queen fecha 30/06/2014, el departamento de Desarrollo Social a través de Asistente Social señala que si bien la vivienda es un realojo, se ha realizado mejoras y se constata la ocupación solo por la Sra. De Cuadro y sus hijos; así como también en fecha 22/10/2019; en la que esta última acredita y agrega documentación de divorcio con el Sr. Ramón Aranda

III) Que en expediente Nº. 2012-14.890, luce agregado Decreto Nº. 6.727/2013, por el que la Junta Departamental de Salto autoriza a la Intendencia de Salto, para enajenar por título donación y modo tradición fracciones de terrenos, a favor de los beneficiarios de las viviendas del Plan “Realojo del PIAI Salto Nuevo Norte”; en el que entre ellos está incluido el padrón Nº. 33.983, solar 28, manzana E a favor de María De Cuadro y Ramón Aranda Motta

CONSIDERANDO: I) Que el Servicio de Asesoramiento Legal informa que una de las personas, ya no reside en el bien, que ha habido cambios en la situación de la familia en base a la invariable de ocupación de la Sra. De Cuadro, de varios años, corresponde la actualización de los mismos, por lo que se propicia la modificación del Decreto Nº. 6.727/2013, artículo 1°, a fin de que se autorice a la Intendencia a enajenar por título donación y modo tradición el padrón preindicado, solo a la actual ocupante del padrón 33.983.

II) Que la administración estima procedente solicitar la modificación del citado Decreto, elevando actuaciones en ese sentido.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y alo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1° del Decreto 6.727/2013, de fecha 19/12/2013, en lo referente al predio empadronado con el Nº. 33.983, manzana E, lote 28, estableciendo  su enajenación a titulo donación y modo tradición, solo a favor de la siguiente beneficiaria:

TITULAR – MARÍA DE CUADRO FONTOURA

C.I. Nº 2.796.535-0

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A PRIMERO DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sr. Mario Furtado

Presidente    

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General 

Salto, 1 de julio de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Resolución N°. 49/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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