Decreto Nº. 7.294/2021.

D. Nº. 7.294/2021.

 

VISTO: El Asunto número 320 de fecha 13 de agosto de 2019: “I. de S. P/Of. 932/2019, remite expediente Nº. 46.127-2015, caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto autorizando dar en comodato a Club Atlético El Tanque Padrón 37.091”.

RESULTANDO: I) Que por el mencionado expediente, los representantes del Club Atlético El Tanque solicitaron usufructuar la cancha existente en el Barrio Nuevo Uruguay, al norte, lindero al CAIF de Aldeas Infantiles.

II) Que de fojas 23 a 25, obra Comodato celebrado con Presidente y Secretario de la Comisión Directiva, en nombre y representación de “Club Atlético El Tanque” sobre parte del padrón Nº. 35.879; fracción delimitada en croquis del Ing. Roberto H. Pejo de mayo de 2016, que forma parte del contrato; con destino a cancha de fútbol, por el período de la actual administración.

III)Que con fecha 08.05.2018, se presentan nuevamente los representantes del Club de obrados, solicitando la posibilidad de ampliar el predio, dado en comodato, padrón Nº. 35.879, manzana 1.537, zona urbana, Barrio Andresito-Salto, indicando que aspiran ser un club referencial de la zona extremo Este, con instalaciones adecuadas para brindar actividades sociales, deportivas y recreativas a nivel departamental, regional y nacional.

IV) Que el Departamento de Obras a través de la División Agrimensura informa que el padrón antes Nº. 35.879, actualmente es el Nº. 37.091; ubicado en la localidad catastral de Salto, manzana 1.537, zona urbana de la ciudad de Salto.

CONSIDERANDO: I) Que  la parte del padrón solicitado, hoy Nº. 37.091, no forma parte de la fracción del mismo padrón, tramitada en “Expediente 2017-11.214, caratulado: “IdS. remite proyecto de decreto solicitando enajenar parte padrón 37.091 a Fundación Purificación”.

II) Que consultado el Departamento de Obras (División Agrimensura) informa que no sería viable la ampliación del objeto del comodato respecto a la superficie del predio, teniendo en cuenta que ya se adjudicaron las áreas circundantes.

III)Que por lo expuesto, la Administración estima pertinente la celebración de un comodato con el club atlético El Tanque, personería jurídica 174/2014, por el plazo de 20 (veinte años) de parte del padrón (antes Nº. 35.879) ya dado en comodato, actual Nº. 37.091 para continuar como cancha de fútbol.

ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y a solicitud de la anuencia respectiva.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para celebrar contrato de Comodato por el término de 20 años, con Club Atlético El Tanque, parte del inmueble del hoy padrón número 37.091, antes Nº. 35.879, ubicado en la localidad catastral Salto, Manzana número 1.537, que según croquis del Ingeniero Roberto Pejo de fecha mayo de 2016, tiene una superficie de ocho mil metros (8.000 metros) y se deslinda así: al Este 100 metros y dista a 88,37 metros a calle de 21 metros, al Sur 80 metros, al Oeste 100 metros; los tres vientos mencionados lindan con resto del padrón antes 35.879, actual Nº. 37.091; al Norte 80 metros linda con parte del padrón Nº. 32.208.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CINCO DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sra. Carolina Palacios

Presidenta       

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General 

Salto, 5 de agosto de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 votos en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.293/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

Diseño y Desarrollo Hecho en el Sur