D. Nº. 7.369/2021.
VISTO: El asunto Nº. 644 del 17 de noviembre de 2021, I..de.S. P/Of. Nº. 1.238/2021, remite Exp. Nº. 22.632/2021 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto autorizar con excepción Art. 24 Decreto 6.868/2015 Instituto CIRE”.
RESULTANDO: Que los representantes del Instituto CIRE solicitan una reserva de espacio en calle Osimani y Llerena Nº. 38, para el ascenso y descenso de los pacientes frente al instituto, indicando que en su gran mayoría son personas con discapacidades motrices.
CONSIDERANDO: I)Que el Departamento de Movilidad Urbana (División Tránsito) informa que al mismo asisten niños con discapacidad intelectual y motriz asociada, los que son transportados por locomoción familiar, dificultándose el ascenso y descenso de los mismos, por lo que se debe solicitar una excepción a la Junta Departamental en cuanto a la instalación del espacio reservado en Zona Azul, sin exoneración de Costo.
II) Que se trata de una institución que promueve la inclusión de personas con capacidades diferentes y realiza diversas actividades formativas para la inserción de los mismos en la comunidad, se estima que se debe contemplar la solicitud, autorizando una excepción a la limitación establecida por la Ordenanza de Zona Azul, Art. 24 del Decreto 6.868/2015.
ATENTO: a lo expuesto, a la solicitud que hace el Sr. Intendente de Salto dentro de sus facultades legales y a lo informado por Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia de Salto a autorizar como excepción al Art. 24 del Decreto 6.868/2015 (Ordenanza de Regulación del Estacionamiento de Vehículos Zona Azul) espacio reservado al Instituto CIRE (Centro Interdisciplinario de Rehabilitación Especializada),en calle Osimani y Llerena Nº. 38.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 2 de diciembre de 2021.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 28 en 28 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General