Decreto Nº. 7.371/2021.

D. Nº. 7.371/2021.

 

VISTO: El asunto Nº. 702 del 07 de diciembre de 2021, I. de S. P/Of. Nº. 1172/2021, remite Exp. Nº. 2021-29.385 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto autorizando acuerdo Transaccional c/Sr. José Pérez”.

RESULTANDO: I) Que surge del referido trámite, que en virtud del hecho ilícito de público conocimiento, acaecido el día 22 de abril de 2019, por el cual se sustrajo de las oficinas municipales en Termas del Daymán, la suma de $U 1.650.000, Fiscalía Departamental de 1er. Turno de Salto, sustanció la investigación en el expediente (NUNC) Nº 2019113313.

II) Que resultando de dicha investigación, la sede penal, con fecha 29 de abril de 2019, en los autos I.U.E. 355-36/2019, caratulados “SOLICITUD DE INCAUTACIÓN DE TELEFONOS”, dictó la Sentencia Nº 855/19: “Téngase por formalizada la investigación de los imputados Sr. NELSON DANIEL DE MARÍA DE JESÚS Y MATÍAS EDUARDO OLIVERA MADRUGA, por la comisión de UN DELITO DE ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR ESPECIALMENTE AGRAVADO EN CONCURSO FUERA DE LA REITERACIÓN CON UN DELITO DE COPAMIENTO (RAPIÑA CON PRIVACIÓN DE LIBERTAD) AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO” (fs. 19 y sgtes).

III)Que en los mismos autos, caratulados: “Reservado OLIVERA MADRUGA, MATÍAS EDUARDO, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR ESPECIALMENTE AGRAVADO EN CONCURRENCIA FUERA DE LA REITERACIÓN CON UN DELITO DE COPAMIENTO AGRAVADO. DE MARÍA DE JESÚS, NELSON DANIEL, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR ESPECIALMENTE AGRAVADO EN CONCURRENCIA FUERA DE LA REITERACIÓN CON UN DELITO DE COPAMIENTO AGRAVADO. (FORMALIZACIÓN C/ MEDIDAS CAUTELARES: PRISIÓN PREVENTIVA HASTA SENTENCIA DEFINITIVA EJECUTORIADA)”, con fecha 30 de abril de 2019, se dictó la sentencia 867/19: “Téngase por formalizada la investigación de los imputados Sr. KEVIN ANDREE DIOGO MONZÓN, por la comisión de UN DELITO DE ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR ESPECIALMENTE AGRAVADO EN CONCURRENCIA FUERA DE LA REITERACIÓN CON UN DELITO DE COPAMIENTO A JOSE ALEXANDER PÉREZ CAVALLO Y SERGIO MANUEL PERUCHENA MADRUGA la comisión de UN DELITO DE ENCUBRIMIENTO” (fs. 23 y sgtes).

IV)Que en los autos I.U.E. 355-78/2019, caratulados: “PÉREZ CAVALLO, JOSÉ ALEXANDER –PROCESO ABREVIADO”, con fecha 3 de julio de 2019, se dictó la sentencia Nº 120/2019, por la cual, se condenó al Sr. José Pérez como autor penalmente responsable de un delito de encubrimiento, la que se encuentra agregada a fs. 50 y sgtes.

V)Que a fs. 54 se halla la condena a Sergio Manuel Peruchena.

VI)Que a fs.138 se encuentra la condena a los imputados Kevin Andree Diogo, Nelson Daniel De María, Matías Eduardo Olivera y Roberto Daniel Centurión

VII)Que de acuerdo a los antecedentes del hecho ilícito mencionado, la Intendencia de Salto inició demanda de cobro de pesos contra los imputados, Kevin Diogo Monzón, José Alexander Pérez Cavallo, Sergio Manuel Peruchena Madruga, Nelson Daniel De María De Jesús, Matías Eduardo Olivera y Roberto Daniel Centurión (I.U.E. 357-155/2019) (fs. 26 y sgtes)

 

CONSIDERANDO: I)Que respecto al imputado José Alexander Pérez Cavallo, la Intendencia de Salto arribo a un acuerdo transaccional, quedando sometido a la condición suspensiva de la autorización por la Junta Departamental de Salto (artículo 2152 del Código Civil) y articulo 35 numeral 11 de la ley 9515 (fs. 143 y sgtes)

II) Que como surge a fs. 148, por Decreto Nº 2384, de fecha 14/09/2021, dicho convenio fue homologado judicialmente.

III)Que el Ejecutivo Departamental, estima conveniente el referido acuerdo, a cuyos efectos remitió al legislativo departamental para solicitar la respectiva anuencia.

ATENTO: a lo expuesto, a la solicitud que hace el Sr. Intendente de Salto, dentro de sus facultades legales y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia de Salto a realizar el acuerdo transaccional con el Sr. José Alexander Pérez Cavallo, titular del documento de identidad Nº. 3.247.414-2, con domicilio real en Juan H. Paiva Nº. 1917 y constituido en Joaquín Suárez Nº. 368, en los términos que se dirá:

El Sr. José Alexander Pérez Cavallo se obliga a pagar a la Intendencia de Salto la suma de $U 825.000 de la siguiente manera:

a) $U 225.000 dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de que la Junta Departamental autorice la presente transacción,

b) el saldo, o sea la suma de $U 600.000 en doce cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $U 50.000, pagadera la primera a los treinta días de efectuado el pago mencionado en el literal anterior,

c) las demás especificaciones y condiciones de la transacción, están previstas en el texto que se agrega a fs. 143 a 147 y forma parte de la presente.

 Art. 2º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECISEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sra. Carolina Palacios

Presidenta       

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General 

Salto, 16 de diciembre de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 30 votos en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.370/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

Diseño y Desarrollo Hecho en el Sur