Decreto Nº. 7.468/2022.

D. Nº. 7.468/2022.

 

VISTO: El Asunto número 548 de fecha 05 de octubre de 2022: “I. de S. P/Of. 836/22, remite expediente Nº 18.357/2022, caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto solicitando anuencia título Donación modo Tradición MEVIR Padrón Nº 12.722”.

RESULTANDO: I) Que con fecha 21/02/2022, por Oficio 106/2022 la Intendencia de Salto comunica al Presidente de MEVIR el proyecto Sala Velatoria en el Municipio de Rincón de Valentín, Departamento de Salto, a emplazarse en la fracción Nº 242, correspondiente al actual padrón Nº 12.722, área de 775,36 m2, con destino a Sala Velatoria, solicitando que se transfiera el uso de dicha fracción, sea por medio de comodato u otro modo para la construcción de la Sala Velatoria proyectada, adjuntando copia del Plano de Mensura, Planos de Proyecto de la Sala y Plano de Ubicación.

II) Que por expediente Nº 2022-27986, luce comunicación del Presidente del Directorio de la Comisión Nacional Honoraria de MEVIR “Dr. Alberto Gallinal Heber” dando respuesta al Oficio 106/2022 del Ejecutivo Departamental, por el que el Directorio mencionado resuelve por unanimidad, aprobar la enajenación a título gratuito a favor de la Intendencia de Salto (Rincón de Valentín) del bien, empadronado actualmente con el Nº 12.722, el cual se describe y deslinda, con destino a Sala Velatoria, en el marco de favorecer y apoyar el intercambio interinstitucional de colaboración y trabajo mancomunado a favor de las familias más necesitadas.

CONSIDERANDO: I) Que el servicio de Escribanía del Área Jurídica del Departamento de Gestión Administrativa informa que teniendo en cuenta la Resolución de MEVIR en cuanto a su voluntad de donar a la Intendencia de Salto el padrón Nº 12.722 de Rincón de Valentín con destino a Sala Velatoria, entiende pertinente obtener la venia de la Junta Departamental, como así también lo comunica la Escribana de MEVIR, por tratarse de una donación modal.

 II) Que de acuerdo a la Ley Orgánica Municipal Nº 9515 del 28/10/1935, artículo 35 numeral 22, se debe requerir anuencia a la Junta Departamental de Salto para aceptar la donación propuesta por MEVIR, en cuanto a que el destino del bien será el de dar cumplimiento al modo (obligación) que asume el Ejecutivo Departamental de construir una Sala Velatoria en Rincón de Valentín, elevando actuaciones en el sentido indicado.

ATENTO: a lo expuesto, al artículo 35 numeral 22, de la Ley Orgánica Municipal Nº 9515   y a la solicitud de la anuencia respectiva.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para adquirir por título Donación modal y modo Tradición, de parte de MEVIR, el inmueble fracción de terreno y demás mejoras que acceden, sito en el Departamento de Salto, Sección Catastral Cuarta, empadronada actualmente con el Nº 12.722, antes padrón 9.792 y aun antes 8.804, señalada con el Nº “242” en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Carlos Asuaga Requena, de junio de 2011, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Salto, con el número 11.831, el 20/08/2012 y según el cual consta de una superficie de 775,36 metros.

Aprobado: (23 votos en 24)

Artículo 2º.- La donación del inmueble mencionado a favor de la Intendencia de Salto es modal, ya que el destino del bien donado es exclusivamente para Sala Velatoria.

Aprobado: (24 votos en 24)

 Art. 3º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.

Sra. Marcela Da Col Bertiz

2da. Vicepresidenta    

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General 

Salto, 20 de octubre de 2022.

Este Decreto contó para su aprobación en general con 24 votos en 24 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Resolución N° 180/2022.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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