D. Nº. 7.484/2022.
VISTO: El Asunto Nº. 104 del 05 de abril de 2022, I.deS. P/Of. Nº. 255/2022, remite Expediente Nº. 12.260/2020 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto exonerar a CO.VI.14 DE MARZO, tasa permiso edificación padrón 37.018”.
RESULTANDO: I) Que los representantes de la Cooperativa de Viviendas 14 de Marzo, solicitan autorización para construir 19 viviendas por ayuda mutua en padrón Nº. 37.018, manzana catastral Nº. 1715.
II) Que, en el mismo expediente, la Cooperativa, solicita exoneración de la tasa correspondiente al Permiso de Construcción en el inmueble preindicado, agregando certificado notarial de personería jurídica vigente y hábil y actualización de representantes.
CONSIDERANDO: I) Que el asesoramiento Técnico Legal estima que el artículo 148 del Decreto Nº. 5629/86 en la modificación dada por el artículo 50 del Decreto Nº. 7327/2021, no establece causales de exoneración, por lo que la Administración evaluó la oportunidad y/o conveniencia de solicitar la anuencia.
II) Que la promotora se trata de una Cooperativa de Viviendas de Ayuda Mutua, que persigue una evidente finalidad social, por lo que amerita una respuesta favorable de parte del Cuerpo Legislativo.
ATENTO: a lo expuesto, a la solicitud que hace el Sr. Intendente de Salto, dentro de sus facultades legales y a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Exonérase a la “Cooperativa de Viviendas 14 DE MARZO” del pago del tributo “Tasa de Permiso de Edificación” prevista en el artículo 148 del Decreto Nº. 5629/86, modificativos y concordantes, por la construcción de viviendas en el padrón Nº. 37.018, manzana catastral Nº. 1715 de la Segunda Sección Judicial.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A PRIMERO DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS.
Mtro. Gonzalo Rodríguez Galvalisi
Presidente
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 1º de diciembre de 2022.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 26 votos en 26 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General