D. Nº. 7.593/2024.
VISTO: El Asunto número 110, de fecha 3 de abril de 2024: “I. de S. P/Of. 210/24, remite expediente número 1.987/2024, caratulado: Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto autorizando escritura Padrón 24380 U 009 a favor de Graciela Lercari y otro”, el que consta de 33 fojas.
RESULTANDO: I) Que, por el mismo, comparece la Sra. Graciela Lercari, solicitando los títulos de la vivienda, ubicada en Barrio Nuevo Uruguay, padrón 24.380, calle Colonia Nº. 23.
II) Que el servicio de Escribanía informa que el padrón 24.380 corresponde a la fracción 9 de la manzana 1.400 en el plano de Mensura, Deslinde y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Jorge R. Lanza de noviembre de 1981 inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto con el Nº. 6.252 el 16 de diciembre de 1981; correspondería a una de las viviendas que conforman el denominado programa 496 de Barrio Uruguay.
III) Que luce agregado copia fiel de compromiso de compraventa de fecha 14 de mayo de1982, copia fiel de modificación de compromiso de compraventa de fecha 8 de julio de 2013 y constancia expedida por Agencia Nacional de Vivienda de cancelación del precio de fecha 28 de febrero de 2024 y posición por garantía de fecha 26 de febrero de 2024.
CONSIDERANDO: I) Que el servicio de Escribanía del Área Jurídica, informa que visualizado los documentos adicionados por la Agencia Nacional de Vivienda, se estaría en condiciones de escriturar a favor de los Sres. Graciela María Lercari y Juan Domingo Marín una vez obtenida la correspondiente venia de la Junta Departamental de Salto.
II) Que es interés de la Corporación que se proceda al otorgamiento de las escrituras en la medida que ello sea jurídicamente necesario y factible.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para enajenar por título compraventa y modo tradición, a favor de Graciela María Lercari y Juan Domingo Marín, cuyos demás datos surgen del Expediente Nº. 2024-1987, la unidad Nº. 009, padrón 24.380, perteneciente al C.H. HC-6, programa 496 de Barrio Uruguay, correspondiente a la fracción 9 de la manzana 1.400 en el plano de Mensura, Deslinde y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Jorge R. Lanza, de noviembre de 1981, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto con el Nº. 6.252 el 16 diciembre de 1981.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Mtro. Marcirio Pérez
Presidente
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 18 de abril de 2024.
Este Decreto contó para su aprobación en general con 25 votos en 25 y en particular con 26 votos en 26 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General