D. Nº. 7.597/2024.
VISTO: El Asunto número 154 de fecha 07 de mayo de 2024: “I. de S. P/Of. 355/24, remite expediente Nº. 31.658/2023 caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto solicita prorroga entrada en vigencia de Decreto 7.572/2023”.
RESULTANDO: I) Que por decreto Nº. 7.572, de noviembre de 2023, la Junta Departamental de Salto prohibió, a partir del 1º de marzo de 2024 la instalación y/o permanencia de todo tipo de emprendimientos que tengan por objeto la comercialización al por mayor de frutas, hortalizas, flores y miel, en el área comprendida entre: Al oeste: Avenida Costanera Sur y Avenida Costanera norte; al norte Avenida Ramón J Vinci, continuando por Avenida Apolón de Mirbeck hasta Ruta Nº. 3; al este: Ruta Nº. 3 desde Apolón de Mirbeck hasta Rotonda de la Gaviota y al sur: Avenida Pascual Harriague desde Rotonda de la Gaviota hasta Costanera Sur.
II) Que desde el legislativo Departamental se planteó el reclamo de los operadores y distribuidores del rubro, por inconvenientes para cumplir con el traslado de sus empresas en el plazo establecido.
III) Que desde la Dirección de Promoción y Desarrollo, del Ejecutivo Departamental se entiende prudente otorgar un plazo mayor para que los operadores puedan cumplir con su mudanza e instalación en la Central Hortícola del Norte (CHN). Así mismo se consideró la necesidad de realizar algunas reformas edilicias previas a la apertura de la CHN.
CONSIDERANDO: I) Que el reclamo proveniente de los operadores y distribuidores en cuanto a la imposibilidad de cumplir con el exiguo plazo otorgado, se entiende ajustado a la realidad.
II) Que el fundado informe de la Dirección de Promoción y Desarrollo, que luce en el expediente del visto, por el cual se sugiere acceder a la prórroga del plazo hasta el 30 de junio de 2025.
III) Que conforme al artículo 37, numeral 3 de la Ley Orgánica Municipal Nº. 9.515 de 28/10/35, corresponde recabar autorización al Deliberativo Comunal.
ATENTO: a lo expuesto, a sus facultades legales y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Prorróguese la entrada en vigencia del Decreto Nº. 7.572/2023 de noviembre de 2023, estableciéndose como nueva fecha el 1º de julio de 2025.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECISÉIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Mtro. Marcirio Pérez
Presidente
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 16 de mayo de 2024.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 26 votos en 26 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General