Decreto Nº. 7.598/2024.

D. Nº. 7.598/2024.

 

VISTO: El Asunto número 142 de fecha 26 de abril de 2024: “I. de S. P/Of. 290/24, remite expediente Nº. 40.954/2016, caratulado: Intendencia de Salto Remite Proyecto de Decreto solicitando prórroga comodato otorgado a favor de CO.VI.BURTON, Padrón Nº. 36.774”.

RESULTANDO: I) Que la Cooperativa CO.VI.BURTON, con personería jurídica Nº. 5350 se encuentra registrada ante el M.V.O.T., con el Nº. 1803, cuenta con un equipo asesor y con la elaboración de un anteproyecto para poder participar en el sorteo para la adjudicación del préstamo que posibilite la construcción de viviendas.

II) Que por Decreto Nº. 7.172/2019 de fecha 23/07/2019, se autorizo a la Intendencia de salto a dar en comodato por veinticuatro meses a la Cooperativa de Viviendas Burton (CO.VI.BURTON) y a otorgar escritura de compraventa del padrón Nº. 36.774, una vez concedido el crédito, pactándose un precio equivalente al 7% (siete por ciento) del monto total del crédito, no pudiendo ser este nunca inferior al valor real del inmueble de referencia.

III) Que en cumplimiento de dicho Decreto, con fecha 19/08/2019, se celebro el contrato de comodato, con plazo por veinticuatro meses, adjunto de fojas 137 a 140 del expediente del VISTO de la presente.

IV) Que por Decreto Nº. 7.311/2021 de fecha 2/9/2021 se concedió la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto para prorrogar contrato de comodato otorgado a la Cooperativa CO.VI.BURTON sobre el bien inmueble padrón Nº. 36.774, por 24 meses, contados desde su otorgamiento, debiendo la Cooperativa en dicho plazo realizar los trámites correspondientes para acceder a la financiación que brinda el M.V.O.T., de conformidad con lo dispuesto por su reglamento y se autorizó a la IDS. a otorgar escritura de compraventa del padrón preindicado, a favor de la Cooperativa de Viviendas (CO. VI. BURTON) una vez concedido el crédito, pactándose un precio equivalente al 7 % del monto total del crédito, no pudiendo ser este nunca inferior al valor real del inmueble de referencia y que el destino de lo percibido, producto de la enajenación se ajustara a lo establecido en Resolución Nº. 103/2016 de la Junta Departamental de Salto, para compra de cartera de tierras para fines de vivienda social.

V) Que con fecha 8/11/2021, se celebró contrato de comodato, con plazo de 24 meses contados desde su otorgamiento, debiendo la cooperativa en dicho plazo realizar los trámites correspondientes para acceder a la financiación que brinda el M.V.O.T.

VI) Que a fs. 208 del expediente indicado en el VISTO, los representantes de la Cooperativa CO.VI.BURTON informan que la Cooperativa ha venido cumpliendo en tiempo y forma; que ha sido aprobado su Proyecto Ejecutivo pero no es posible que se otorgue la escritura antes del plazo otorgado indicado en el RESULTANDO V) del presente, por lo que se solicitan una nueva prórroga del plazo del contrato de comodato por 24 meses más.

VII) Que a fs. 211, Escribanía indica los pasos a seguir y de fs. 214 a 215 del expediente mencionado, con fecha 22/3/2024 luce agregado certificado notarial de los actuales representantes de la Cooperativa CO.VI.BURTON.

VIII) Que con fecha 25/4/2024 se remitió a la Corporación el presente expediente 2016-40.954, por oficio Nº. 290/2024, con Resolución de fecha 9 de abril de 2024 conteniendo Proyecto de Decreto por el cual se solicita la anuencia legalmente prevista a la Junta Departamental de Salto para prorrogar contrato de comodato otorgado a la Cooperativa de Viviendas Burton (CO.VI.BURTON) del bien inmueble padrón 36.774; indicando el plazo de dicha prórroga y pactándose un precio equivalente al 7% (siete por ciento) del monto total del crédito, no pudiendo ser este nunca inferior al valor real del inmueble de referencia.

CONSIDERANDO: I) Que la Dirección de Viviendas y Habitab sugiere aprobar la prórroga solicitada hasta el final del periodo de la actual Administración.

II) Que la Intendencia de Salto en cumplimiento de su política de vivienda, estima oportuno brindar el apoyo necesario para que las familias puedan concretar su proyecto.

III) Que el asesoramiento técnico legal del Área Jurídica informa que se debe pactar el precio de la Compraventa por el valor estimado del terreno: 3926 UR.

IV) Que la administración de conformidad con el Área Jurídica, considera pertinente dejar sin efecto la Resolución enviada al Legislativo Departamental conteniendo Proyecto de Decreto mencionado en el RESULTANDO VIII) del presente y enviar simultáneamente otro Proyecto de Decreto elevando actuaciones en el sentido indicado.

ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y la solicitud de la anuencia respectiva de acuerdo al artículo 35 numeral 10 de la ley 9.515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Concédase la anuencia legalmente prevista a la Intendencia de Salto, para prorrogar contrato de Comodato otorgado a la Cooperativa de Viviendas Burton (CO.VI.BURTON)  del siguiente bien inmueble: fracción de terreno baldío, ubicado en Localidad Catastral de Salto, sito en la manzana catastral Nº. 1700, categorizado zona urbana de la ciudad de Salto, la que según Plano del Ingeniero Agrimensor Rodolfo Margal de julio de 2016, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro – Oficina delegada de Salto- el 05/09/2016, con el numero 12.618, se identifica con el numero “28” padrón individual treinta y seis mil setecientos setenta y cuatro (36.774), según el cual consta de una superficie de tres mil seiscientos metros cuadrados diecisiete decímetros cuadrados (3.600 m2 17dm2) y se deslinda así: al NORTE: 58,78 metros frente a calle Nº. 5 (ancho 17m); al ESTE: 60,40 metros linda con fracción 29 y 32; al SUR: 60,43 metros de frente a calle Nº. 6 (ancho 17 m) y al OESTE: 60,42 metros linda con padrón 35.779.

El plazo de dicha prórroga será hasta la culminación del actual periodo de gobierno, debiendo la Cooperativa en dicho plazo realizar los trámites correspondientes para acceder a la financiación que brinda el M.V.O.T., de conformidad con lo dispuesto por su reglamento.

Artículo 2º.- Autorízase a la INTENDENCIA DE SALTO a otorgar escritura de compraventa del padrón Nº. 36.774, individualizado en el artículo 1 del presente, a favor de la Cooperativa de Viviendas Burton (CO.VI.BURTON), una vez concedido el crédito, pactándose un precio de 3926 UR (tres mil novecientos veinte seis,  Unidades Reajustables).

Artículo 3º.- El destino de lo percibido, producto de la enajenación establecida en el artículo anterior, se ajustará a lo indicado en el RESULTANDO IV) in fine del presente.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Mtro. Marcirio Pérez

Presidente      

Sr. Álvaro da Cunda Leal

      Secretario General

 

Salto, 24 de mayo de 2024.

Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 25 votos en 25   Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior CONVOCATORIA A LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA CORPORACIÓN DE FECHA VIERNES 24 DE MAYO DE 2024 A LA HORA 20:00

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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