DECRETO Nº. 7.660/2025
VISTO: El Asunto Nº. 38 del 27 de febrero de 2025, I.deS. P/Of. Nº. 89/2025, remite Exp. Nº. 36.303/2024 caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto exonerar tasa permiso edificación a CO.VI.BASALTO padrón urbano 6.414”.
RESULTANDO: I) Que los representantes de la Cooperativa de Viviendas CO.VI.BASALTO, solicitan la autorización para la construcción de un edificio de viviendas en el padrón Nº. 6.414, ubicado en José Pedro Varela 480, Unidad 4 centro, de la 1ra. Sección Judicial del Departamento de Salto, agregando planos y memoria.
II) Que también solicitan exoneración de pago de la tasa correspondiente al permiso de construcción en el inmueble preindicado.
III) Que agregan certificado notarial de personería jurídica vigente y hábil e integrantes actuales de la misma.
CONSIDERANDO: I) Que el Servicio de Asesoramiento Legal estima que el art. 148 del Decreto Nº. 5.629/86 y modificativos, no establece causales de exoneración, por lo que la administración solicita la exoneración.
II) Que la promotora se trata de una Cooperativa de Viviendas, que persigue una evidente finalidad social, por lo que amerita una respuesta favorable de parte de la Corporación.
ATENTO: A lo expuesto, a la solicitud que hace el Sr. Intendente de Salto, dentro de sus facultades legales y a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Exonérese a la “Cooperativa de Viviendas Basalto (CO.VI.BASALTO)” del pago del tributo “tasa de permiso de edificación” prevista en el artículo 148 del Decreto Nº. 5.629/86, modificativos y concordantes, por la construcción de viviendas en el padrón urbano Nº. 6.414 de la ciudad de Salto, debidamente individualizado en el RESULTANDO I) del presente.
Art 2º.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A CINCO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO.
Sr. Pablo Alves Menoni
Presidente
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 5 de junio de 2025.
Este Decreto contó para su aprobación en general y en particular con 29 en 29 Sres. Ediles presentes en Sala.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General