Resolución N° 105/2021.-

R. N° 105/2021.-

 

VISTO: La nota presentada por las Sras. Edilas Marcela Da Col, Marlene Dornelles y Elda Albarenque, amparadas en el Art. 29 del Reglamento Interno (Decreto 6.376/2008) por la que solicitan sesionar en forma extraordinaria en el día de la fecha, 29 de diciembre, a la hora 19.00, para considerar la situación que están atravesando los trabajadores de la empresa Citrícola Salteña.

RESULTANDO: En el día de ayer, martes 28 de diciembre de 2021, la Dirección Nacional de Trabajo (DINATRA) convocó a la empresa LIDECO a solicitud del sindicato único de trabajadores de Citrícola Salteña (SUTCSAL)

LIDECO, la empresa interventora cuyo Síndico – designado por el Poder Judicial – tenía a su cargo la representación de la empresa en el asunto del concurso, fue citada para dar respuesta a las licencias 2020 impagas y los egresos desde el 15 de noviembre a la fecha; lo que suma a la fecha unos 380.000 dólares.

CONSIDERANDO: I)Que LIDECO piensa pagar los haberes impagos, las liquidaciones, los  aguinaldos y las licencias generadas cuando se haga efectiva la venta de la empresa, que está prevista para el 15 de marzo.

II)Que quedó fijada una nueva instancia para el 13 de enero, para comunicar si con el siguiente balance de la empresa es posible adelantar parte de la deuda.

III)Que el Ministerio se comprometió a mantener diálogo con el BROU para tratar de buscar una mejor salida.

ATENTO: a todo lo anteriormente expuesto.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

RESUELVE:

1º.- Enviar la siguiente Minuta de Comunicación:

La Junta Departamental de Salto declara su profunda preocupación ante otro suceso de haberes impagos hacia los trabajadores de la empresa Citrícola Salteña.

Una vez más, como ha sucedido en anteriores oportunidades, los trabajadores están condenados a la zozobra cuando llega fin de año.

La disposición del interventor, de posponer el pago de lo adeudado a los trabajadores hasta tanto se efectivice la venta de la empresa, afecta a las y los trabajadores e impacta directamente en sus familias.

Ante todo lo anteriormente expuesto, la Junta Departamental de Salto solicita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que interceda ante el Banco República (BROU) a fin de plantear, con carácter excepcional y por única vez, la autorización de pago a los trabajadores, por la gravedad del caso.

2.- Dese cuenta, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTINUEVE  DE DICIEMBRE  DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sra. Carolina Palacios

Presidenta        

Sr. Álvaro da Cunda Leal

   Secretario General

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Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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