R. N°. 138/2022.
VISTO: Los graves hechos perpetrados por el Edil Suplente de nuestra Corporación, Roque Barla Muñiz, por los cuales fue condenado por la Justicia competente.
RESULTANDO: I) Que por sentencia definitiva de primera instancia, del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 2do. Turno de la ciudad de Salto, Número 84/2022, en Juicio Abreviado se condenó al Edil Suplente mencionado en el visto, a dos años y ocho meses de penitenciaria.
II) Que la mencionada sentencia condenó por reiterados delitos de Abuso Sexual Agravado.
III) Que la víctima es una niña y con un vínculo de consanguinidad con el condenado.
CONSIDERANDO: I) Que el acusado es Edil Suplente de la Corporación.
II) Los tipos de delitos agravados cometidos, que se los considera muy graves y aberrantes, es que se considera procedente a solicitar el correspondiente Juicio Político ante la Cámara de Senadores, para que resulte la separación definitiva de su cargo como Edil.
ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento y a lo dispuesto por el artículo 296 de la Constitución de la República:
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
RESUELVE:
1º.- Acusar ante la Cámara de Senadores al Edil Suplente de la presente Corporación, Roque Barla Muñiz, por la comisión de los delitos graves, mencionados en la parte expositiva de la presente Resolución, para que le sea realizado Juicio Político que resulte en la separación definitiva de su cargo como Edil; salvo renuncia a la calidad de Edil, previa a la presentación de acusación ante la Cámara de Senadores.
Se acompaña, acta de proclamación y la sentencia judicial correspondiente.
2º.- Dese cuenta, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A OCHO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General
Salto, 8 de junio de 2022.
Se aprueba lo considerado en Sala por 26 en 26 votos de los Sres. Ediles.
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General