Resolución N°. 173/2022.

R. N°. 173/2022.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

RESUELVE:

 

VISTO: El oficio Nº 358/22, referente a exposición escrita presentada por el Sr. Suplente de Edil -en uso de la Banca-, Gotardo Gonçalvez.

RESULTANDO: Que fue tratado por la Comisión de Salud, Higiene y Medio Ambiente de la Corporación, la importancia de incluir el grupo y factor sanguíneo en las libretas de conducir en todas las categorías.

CONSIDERANDO:  I) Que anteriormente se incluía el grupo y factor sanguíneo en las libretas de conducir.

II) Que en el entendido de la urgencia y en el tiempo de atención en caso de accidente es un dato necesario e importantísimo para la persona accidentada.

ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión de Salud, Higiene y Medio Ambiente.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

RESUELVE:

1º.– Enviar la siguiente Minuta de Comunicación al Congreso de Intendentes, a la Mesa Permanente del Congreso de Ediles y a todas las Intendencias del País:

Solicitándoles incluir el grupo y factor sanguíneo en las libretas de conducir en todas las categorías.

En el entendido de la urgencia y en el tiempo de atención en caso de accidente, que es un dato necesario e importantísimo para la persona accidentada.

– Dese cuenta, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A QUINCE DE SETIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.

Mtro. Gonzalo Rodríguez Galvalisi

 Presidente                  

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General

Anterior Resolucion N°. 172/2022.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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