R. N°. 95/2021.-
VISTO: El Oficio Nº. 990/2021 de fecha 13 de octubre de 2021: “Sr. Edil Facundo Marziotte, presenta exposición escrita referida a propuesta en beneficio del equipo de Bomberos Voluntarios de Salto”.
CONSIDERANDO: Que atento a la solicitud presentada por el Sr. Edil, se enviará minuta de comunicación al Sr. Intendente de Salto.
ATENTO: a lo expuesto y en uso de sus facultades legales y alo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
RESUELVE:
1º)Envíase al Sr. Intendente de Salto minuta con el presente proyecto de Decreto, a los efectos de que remita formalmente proyecto de exoneración del pago de patente, de acuerdo a su iniciativa privativa en materia tributaria.
PROYECTO DE DECRETO:
Artículo 1º.- Ad referéndum del Tribunal de Cuentas, exonérase de la obligación de pago del impuesto de patentes de rodados a los vehículos propiedad de los Bomberos Voluntarios de Salto y/o su de su respectivo cónyuge o concubino declarado judicialmente, a partir de la promulgación del Decreto y hasta la finalización de este período de gobierno.
Articulo 2º.- La exoneración alcanzará a un solo vehículo por cada uno de los miembros titulares y se aplicará también si los beneficiarios indicados tienen la calidad de promitente comprador según compromiso certificado notarialmente, o sean usuarios de vehículos adquiridos mediante el sistema leasing.
Articulo 3º.- Los beneficiarios deberán solicitar anualmente la exoneración ante la Intendencia de Salto, acreditando ejercer funciones como Bomberos Voluntarios de Salto.
Art. 4°.- Comuníquese, etc.
2°.- Dése cuenta, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DOS DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General