R. Nº. 112/2022.
VISTO: El planteamiento realizado por la “Asociación Funcionarios Legislativos Comunales (A.FU.LE.COM.)”, solicitando el pago de compensación especial.
RESULTANDO: I) Que por Resolución de Presidencia N°. 47/20210, se otorgó una compensación especial extraordinaria de N$ 1.000.oo pagaderos en forma mensual a partir de enero de 2011, hasta la aprobación del nuevo Presupuesto Quinquenal para el período 2011 – 2015 a todos los funcionarios de la Junta Departamental de Salto.
II) Que en Presupuesto Quinquenal para el período 2011 -2015, no se estableció el pago de dicha compensación especial extraordinaria.
III) Que a pesar de que no se contaba con norma habilitante para el pago de dicha compensación especial extraordinaria, la Intendencia siguió pagando dicha compensación a los funcionarios de la Junta Departamental.
IV) Que dicha compensación especial extraordinaria si está plasmada en los planillados dentro del Rubro 0, Decreto N°. 6.509/2011 (Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental período 2010 – 2015,Decreto N°.6.906/2016(Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental período 2015 – 2020 y Decreto N°. 7.366/2021 (Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental período 2020 -2025)
CONSIDERANDO: I) Lo manifestado en los Resultandos.
II) Que se considera un derecho adquirido por parte de los funcionarios de la Corporación, al haberlo percibido desde enero del 2011.
ATENTO: a ello, y en uso de sus facultades.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
RESUELVE:
1º.- Otorgar el pago de una compensación especial extraordinaria de $ 2.521 (pesos dos mil quinientos veintiuno), pagaderas de forma mensual desde el mes de enero del año 2022, a todos los funcionarios de la Junta Departamental de Salto, sean estos presupuestados o contratados, dicha suma se actualizará por IPC, en la misma oportunidad que aumenten los salarios básicos de los funcionarios de la Corporación.
2º.- Las compensaciones serán imputadas dentro del rubro “0” (renglón de apertura 0,42), del Presupuesto de Sueldos y Gastos de la Junta Departamental de Salto.
3º.- Ofíciese a la Intendencia de Salto para su efectivo pago.
4°.-Dese cuenta, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS.
Sra. Carolina Palacios
Presidenta
Sr. Álvaro da Cunda Leal
Secretario General