Resolución Nº. 112/2022.

R. Nº. 112/2022.

 

VISTO: El planteamiento realizado por la “Asociación Funcionarios Legislativos Comunales (A.FU.LE.COM.)”, solicitando el pago de compensación especial.

RESULTANDO:  I) Que por Resolución de Presidencia N°. 47/20210, se otorgó una compensación especial extraordinaria de N$ 1.000.oo pagaderos en forma mensual a partir de enero de 2011, hasta la aprobación del nuevo Presupuesto Quinquenal para el período 2011 – 2015 a todos los funcionarios de la Junta Departamental de Salto.

II) Que en Presupuesto Quinquenal para el período 2011 -2015, no se estableció el pago de dicha compensación especial extraordinaria.

III) Que a pesar de que no se contaba con norma habilitante para el pago de dicha compensación especial extraordinaria, la Intendencia siguió pagando dicha compensación a los funcionarios de la Junta Departamental.

IV) Que dicha compensación especial extraordinaria si está plasmada en los planillados dentro del Rubro 0, Decreto N°. 6.509/2011 (Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental período 2010 – 2015,Decreto N°.6.906/2016(Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental período 2015 – 2020 y Decreto N°. 7.366/2021 (Presupuesto Quinquenal de la Junta Departamental período 2020 -2025)

CONSIDERANDO: I) Lo manifestado en los Resultandos.

II) Que se considera un derecho adquirido por parte de los funcionarios de la Corporación, al haberlo percibido desde enero del 2011.

ATENTO: a ello, y en uso de sus facultades.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

RESUELVE:

1º.- Otorgar el pago de una compensación especial extraordinaria de $ 2.521 (pesos dos mil quinientos veintiuno), pagaderas de forma mensual desde el mes de enero del año 2022, a todos los funcionarios de la Junta Departamental de Salto, sean estos presupuestados o contratados, dicha suma se actualizará por IPC, en la misma oportunidad  que aumenten los salarios básicos de los funcionarios de la Corporación.

2º.- Las compensaciones serán imputadas dentro del rubro “0” (renglón de apertura 0,42), del Presupuesto de Sueldos y Gastos de la Junta Departamental de Salto.

3º.- Ofíciese a la Intendencia de Salto para su efectivo pago. 

4°.-Dese cuenta, etc.

 

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS.

Sra. Carolina Palacios

Presidenta        

 

Sr. Álvaro da Cunda Leal

     Secretario General

Anterior Resolución Nº. 111/2022.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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