Decreto Nº. 7.734/2026

DECRETO Nº. 7.734/2026

VISTO: El Asunto Nº. 170 de fecha 01 de julio de 2025. IdS P/Of. Nº. 359/25, remite expediente Nº. 36.594/2023 caratulado: “Intendencia de Salto. Remite Proyecto Decreto para exonerar a COVIPRESA tasa edificación padrón 36.957”.

RESULTANDO: I) Que este expediente trata de la construcción de 24 viviendas por ayuda mutua en el Padrón 36.957 por parte de la Cooperativa de Viviendas de Personal de Prefectura de Salto, COVIPRESA.

II) Que en el mismo expediente la Cooperativa de Vivienda COVIPRESA solicita exoneración de tributos municipales que afectan la construcción de la Cooperativa.

III) Que la promotora se trata de una Cooperativa de Vivienda, que persigue una evidente finalidad social, por lo que amerita una respuesta favorable por parte de la Administración.

CONSIDERANDO: I) Que el artículo 148 del Decreto 5.629/86, establece la escala de valores a los efectos del cobro del permiso, no encontrándose previstas causales de exoneración por lo que se solicitó anuencia a esta Corporación.

II) Que se trata de una Persona Jurídica sin fines de lucro, y que el expediente contó con informes favorables de las divisiones de la Intendencia a esta solicitud.

III) Que teniendo en cuenta la naturaleza y la finalidad de la Cooperativa de obrados, se estima conveniente otorgar anuencia para la exoneración del pago de la “Tasa por permiso de Edificación”.

ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto y en uso de sus facultades legales.

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA

Artículo 1º.- Autorizar a la Intendencia de Salto a exonerar a la Cooperativa de Viviendas COVIPRESA, del pago del tributo “Tasa de permiso de edificación” prevista en el artículo 148 del Decreto Nº. 5.629/86, modificativos y concordantes, por la construcción de 24 viviendas en el padrón Nº. 36.957.

Artículo 2.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A SIETE DE MAYO DE DOS MIL VEINTISÉIS.

Dr. Enzo Molina Franchini

Presidente            

Dr. Pablo Pascual Perna

    Secretario General

Salto, 7 de mayo de 2026.

Este Decreto contó para su aprobación en general y particular con 28 votos en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Dr. Pablo Pascual Perna

Secretario General