DECRETO Nº. 7.752/2026
VISTO: El Asunto Nº. 24 de fecha 14 de enero de 2026. IdS. P/Of. Nº. 013/26, remite expediente Nº. 38.460/2025, caratulado: “Intendencia de Salto, remite autorizar viabilidad Proyecto edificación en padrones urbanos Nº. 1.836 y 38.959.
RESULTANDO: I) Que comparece a fs. 2 la Arq. María Fernanda Cujó, solicitando el estudio de viabilidad del proyecto de un edificio de apartamentos a construirse en los padrones Nº. 1.836 y 38.959, adjuntando la referida propuesta.
II) Que a fs. 11 y 12, surge a partir de un informe de la División Ordenamiento Territorial que los padrones objeto de estudio se encuentran abarcados dentro de la normativa “predios dispersos” regulada por el Decreto Nº. 6.953/2016, indicando que el proyecto cumple con las previsiones normativas dispuestas por el mencionado Decreto.
III) Que por tratarse de un proyecto que estará amparado en el régimen de viviendas de interés social bajo la órbita de la Agencia Nacional de Vivienda, no se exigirán contraprestaciones.
IV) Que requiere la aprobación de la Junta Departamental de Salto debido a que implica una excepción al metraje cuadrado mínimo requerido por la normativa vigente.
CONSIDERANDO: I) Que a fs. 16 el Asesor Legal del Intendente sugiere aprobar la viabilidad técnica del proyecto solicitado en autos.
II) Que la aprobación del proyecto mejorará la zona en cuestión, generará mano de obra en el departamento y promueve inversión que es uno de los objetivos primarios de esta Administración.
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DEL SALTO
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Autorizar a la Intendencia de Salto a aprobar la viabilidad técnica del proyecto solicitado en expediente Nº. 38.460/2025 padrones urbanos Nº 1.836 y 38.959.
ARTÍCULO 2: Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A VEINTIUNO DE MAYO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Dr. Enzo Molina Franchini
Presidente
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
Salto, 21 de mayo de 2026.
Este Decreto contó para su aprobación en general y particular con 17 votos en 24 Sres. Ediles presentes en Sala.
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
