RESOLUCIÓN N°. 62/2026.
VISTO: La Resolución de la Dirección General Impositiva Nº 903/2026, de fecha 20 de abril de 2026, mediante la cual se dispone una nueva y drástica reducción del porcentaje de devolución del Impuesto Específico Interno (IMESI) aplicado a la comercialización de naftas en zonas de frontera con la República Argentina, fijándolo en un 15% a partir del 1° de mayo, y el Decreto del Poder Ejecutivo del 30 de abril de 2026 que simultáneamente dispuso un aumento general de los combustibles a nivel nacional;
RESULTANDO: I) Que la secuencia de recortes al descuento del IMESI ha sido constante y profundamente lesiva para la economía del litoral, pasando del 40% en julio de 2025, al 32% en agosto del mismo año, al 28% en enero de 2026, al 24% en abril de 2026, y finalmente al 15% actual, lo que representa una reducción de 25 puntos porcentuales en tan solo 10 meses.
II)Que en paralelo, el Poder Ejecutivo decretó un aumento en el precio de los combustibles a nivel nacional a partir del 1° de mayo de 2026, con una suba del 7%para las naftas y un impactante 14% para el gasoil, en respuesta a la volatilidad del precio internacional del petróleo derivada de conflictos geopolíticos en Medio Oriente.
III) Que este doble impacto (suba general y recorte del beneficio) configura un escenario inédito para los departamentos de frontera, donde el precio real de la nafta súper para los consumidores de Salto asciende a aproximadamente $74,8 por litro, reflejando un incremento cercano al 19% en lo que va del año.
CONSIDERANDO: I) Que según el Observatorio Económico de la Universidad Católica (UCUDAL) Campus Salto, la brecha de precios con la vecina ciudad de Concordia se ha ampliado peligrosamente, alcanzando un 40,2% en el Índice de Precios Fronterizos en el mes de marzo de 2026. Específicamente para el rubro combustibles, la diferencia alcanza el 25,6%, lo que opera como un potente imán para el consumo transfronterizo, drenando recursos del comercio local.
II)Que esta asfixia económica se produce a pesar de que los comerciantes y actores locales, nucleados en el Centro Comercial e Industrial de Salto, ya habían manifestado en enero de 2026 su profunda preocupación y su desconocimiento sobre los criterios técnicos utilizados por el Ministerio de Economía, al punto que sus propios relevamientos sugerían mantener el descuento muy por encima de los niveles actuales, no por debajo.
III) Que la aplicación simultánea de ambas medidas —aumento de precios y recorte de beneficios— careció de cualquier instancia de diálogo previo o estudio de impacto económico regional, demostrando una visión centralista que ignora las particularidades y la vulnerabilidad de las economías de frontera. La decisión parece basarse más en una necesidad fiscal de corto plazo que en una política de Estado con perspectiva de desarrollo territorial.
IV)Que departamentos como Salto, a pesar de su ubicación estratégica, continúan sin ser incluidos en mecanismos de compensación estructural como la plena aplicación de la Ley Nº 20.419, que busca mitigar las asimetrías de precios con países limítrofes. Se los mantiene como rehenes de un esquema de descuentos que se manipula de forma errática y regresiva.
V) Que este combo de medidas no solo castiga al consumidor que debe pagar casi $500 más por tanque, sino que reduce la competitividad del tejido empresarial formal, incentiva el comercio ilegal o informal, destruye empleos y profundiza la crisis estructural que históricamente ha afectado el desarrollo del litoral norte uruguayo.
ATENTO: a lo expuesto y en uso de sus facultades legales.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
RESUELVE:
1º.- Emitir la siguiente Minuta de Comunicación:
La Junta Departamental de Salto expresa su más enérgica protesta y repudio ante la decisión del Gobierno Nacional de, en un mismo acto administrativo, aumentar los combustibles un 7% y reducir el descuento del IMESI para la frontera al 15%, un combo que representa un mazazo para la economía local. Esta medida es la culminación de una política sistemática de abandono, que en 10 meses ha dilapidado un beneficio crucial, ignorando los reclamos técnicos y el impacto social. Exigimos la inmediata reconsideración del porcentaje de devolución del IMESI con criterios de equidad territorial y sostenibilidad, y que se abra una mesa de diálogo real con los gobiernos departamentales y las fuerzas vivas de la región para diseñar una estrategia de desarrollo fronterizo seria y de largo plazo.
2º.- Remitir la presente Minuta de Comunicación al Presidente de la República, Prof. Yamandú Orsi; Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); Dirección General Impositiva (DGI); Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP); Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM); Juntas Departamentales de Río Negro y Paysandú; Representantes Nacionales por los departamentos de Salto, Paysandú y Río Negro. A los Intendentes de Salto, Paysandú y Río Negro. Al Congreso de Intendentes; Congreso Nacional de Ediles; Centro Comercial e Industrial de Salto (CCIS) y demás centros comerciales del litoral. A los Medios de comunicación de los departamentos de Salto, Paysandú y Río Negro.
SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A SIETE DE MAYO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Dr. Enzo Molina Franchini
Presidente
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
Salto, 7 de mayo de 2026.
Esta Resolución contó para su aprobación con 20 votos en 28 Sres. Ediles presentes en Sala.
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
