DECRETO Nº. 7.767/2026
VISTO: El Asunto Nº. 676/25, IdS. P/Of Nº. 1130/25, remite expediente Nº. 28.787/2016 caratulado “Intendencia de Salto. Remite proyecto de Decreto para autorizar escritura del padrón 24.318 – Vivienda N°. 49 – Barrio Uruguay a favor de Pereira Castro Balbi, Álvaro”.
RESULTANDO: I) Que con fecha 19 de junio de 2016, se presenta el Sr. Humberto Pereira Castro Gómez, solicitando ceder los derechos de promitente comprador del bien inmueble, identificado en el Visto, a favor del Sr. Álvaro Pereira Castro Balbi, firmando ambos de conformidad.
II) Que la documentación e informes obrantes en las referidas actuaciones, el mencionado bien fue prometido en venta por el BHU en representación de Intendencia de Salto, el 28 de noviembre de 1996 a los cónyuges en únicas nupcias Humberto Pereira Castro Gómez y Lira Silveira Abreu.
III) Que, habiendo acreditado el solicitante, la legitimación para el trámite incoado, agregando copia del Certificado de Resultancia de Autos de la sucesión de la Sra. Lira Silveira Abreu, del que surge que fue declarado único y universal heredero de la causante.
IV) Que con fecha 07 de abril de 2017 la Agencia Nacional de Viviendas, en su calidad de Fiduciaria del Fideicomiso denominado Fideicomiso Social 10-Fideicomiso Financiero informó respecto del inmueble padrón Nº. 24.318, ubicado en Barrio Uruguay, Referencia HC-1, Unidad Nº. 049, Programa 467, I.D. 51499, que no registra saldo, en virtud que el precio de venta del inmueble ha sido totalmente integrado, encontrándose en condiciones de firmar documentación definitiva.
V) Que oportunamente se agregó informe técnico social.
VI) Que, habiéndose acreditado los extremos correspondientes, con fecha 22 de junio de 2018 la Intendencia, autorizó respecto del bien inmueble mencionado, la Cesión de Derechos solicitada a favor de Álvaro Pereira Castro Balbi, habiendo quedado el trámite reservado a la espera de la instrumentación y acreditación de dicha cesión.
VII) Que con fecha 05 de noviembre de 2025, se presenta el Sr. Álvaro Pereira Castro Balbi, solicitando se autorice la escritura a su favor de dicho bien inmueble, acompañando documentación de la cual, si bien no acredita que se haya instrumentado la Cesión, acompaña Certificado de Resultancia de Autos de Humberto Pereira Castro (fallecido el 14 de agosto de 2018), del cual surge que fue declarado único y universal heredero el Sr. Álvaro Pereira Castro Balbi.
CONSIDERANDO: I) Que con fecha 17 de agosto de 1972 se suscribió un convenio entre el entonces Instituto Nacional de Viviendas Económicas (I.N.V.E.) y la Intendencia de Salto, con el objeto de construir en la ciudad de Salto, viviendas de emergencia en el padrón municipal mayor área Nº. 18.752.
II) Que, respecto de las viviendas construidas en el marco de este Convenio, se suscribió Compromiso de Compraventa y solicitud de préstamo entre la Intendencia de Salto, representada por el Banco Hipotecario del Uruguay y diferentes promitentes compradores.
III) Que se cuenta con la documentación correspondiente al Programa 467 de Barrio Uruguay (compromiso de compraventa y constancias de cancelación).
IV) Que existe obligación por parte de la comuna de otorgar las escrituras a quienes integren el precio estipulado, previa anuencia de la Junta Departamental.
V) Que ingresos territoriales, informa que el padrón urbano Nº. 24.318, se encuentra al día en los tributos municipales.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 37 inc. 2 de la Ley 9.515 y a lo informado por la Comisión de Legislación y Reglamento.
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorizar a la Intendencia de Salto a otorgar escritura de compraventa a favor del promitente comprador de la vivienda ubicada en Barrio Uruguay, programa 467, identificada en la forma que se dirá, según Plano de Deslinde, Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Hugo O. Lanza, del 25 de abril de 1979, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional, Oficina Departamental de Catastro Salto con el Nº. 5631, el 27 de abril de 1979. Lote 49, Padrón 24.318, Manzana 1.389, titular Álvaro Pereira Castro Balbi.
Artículo 2.- Comuníquese, etc.
SALA DE SESIONES «BRIG. GRAL. MANUEL ORIBE» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A DIECISÉIS DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Prof. Jonnathan Aramburo
Presidente
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
Salto, 16 de julio de 2026.
Este Decreto contó para su aprobación en general y particular con 31 votos en 31 Sres. Ediles presentes en Sala.
Dr. Pablo Pascual Perna
Secretario General
