Decreto Nº. 7.279/2021.

D. Nº. 7.279/2021.

VISTO: El asunto Nº. 567 del 18 de diciembre de 2019, I. de S. P/Of. Nº. 1.407/2019, remite Exp. Nº. 40.251/2019 caratulado “Intendencia de Salto. Remite Proyecto de Decreto designar calles que detalla c/ nombre de Barrio Chacras al Norte”.

RESULTANDO: I) Que por el mismo, se informa de la formación de una COMISIÓN VECINAL del Barrio “CHACRAS AL NORTE” también llamado “GALLINO NUEVO” o “LAS PALMERAS”, detallando su conformación.

II) Que la referida Comisión Vecinal solicita, entre otras, la denominación oficial del Barrio, sugiriendo el nombre de “CHACRAS AL NORTE” y se designen nombres a las calles que componen el mismo; proponiendo que aquellas que sean continuidad de otra ya existentes tomen su nombre y se dé nombre nuevo a las demás; y que una vez oficializado, se instale el cartel de identificación del barrio y las demás señalizaciones.

III) Que a fojas 3, luce adjuntado plano, obtenido en Google Hearth en donde se indica los nombres correspondientes a cada calle.

CONSIDERANDO: I)Que la administración brinda total apoyo a la Comisión Vecinal solicitante, siendo de suma importancia que los nombres surjan por iniciativa de los propios vecinos y de la Comisión del Barrio.

II) Que se estima que el nombre propuesto al Barrio “CHACRAS AL NORTE” es más apropiado para designar la zona indicada y es necesario contemplar los nombres que le asignen los propios vecinos.

III) Que el Barrio está comprendido al Este Avda José Enrique Rodó y Avda Apolón de Mirbeck al norte; al sur calle Chile y al oeste por vías del ferrocarril (AFE)

IV) Que surge a su vez como criterio orientador para el Barrio, ya que la función primordial del nomenclátor es orientar al transeúnte.

V) Que de acuerdo a lo que surge del plano, solo corresponde para el barrio “CHACRAS AL NORTE”, las calles que se indican en la parte dispositiva de la presente; manteniendo la línea en que las designaciones serán una extensión de los nombres ya existentes, para dar un marco de mayor coherencia.

VI) Que el articulo 19 numeral 31 de la ley Orgánica Municipal Nº. 9.515, reserva a la Junta Departamental de Salto la facultad privativa de determinar la nomenclatura de calles, caminos, plazas y paseos.

ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la comisión de Nomenclatura y a lo dispuesto en el numeral 31 del artículo 19 de la ley 9.515.

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SALTO

DECRETA:

Artículo 1º.- Desígnase con el nombre de Barrio “CHACRAS AL NORTE” al barrio de la localidad Catastral Salto, delimitado al este por Avda. José Enrique Rodó; al sur por calle Chile; al oeste por vías del ferrocarril (AFE) y al norte por avda. Apolón de Mirbeck

Aprobado: (30 votos en 30)

Artículo 2º.- Desígnase como calle Chile a la denominada calle Pública (ancho 16 mts.) según plano del Ing. Agrimensor Rodolfo Margall registrado en la oficina de Catastro de Salto con el número 12.951 del 24/08/18, que corre en sentido este-oeste desde Avda. José Enrique Rodó en toda su extensión.

Aprobado: (30 votos en 30)

Artículo 3º.- Desígnase como calle Bolivia (ancho 17 mts.)  a la primer paralela al norte  de la anterior (calle Chile), abierta según plano del Ing. Agrimensor Rodolfo Margall registrado en la oficina de Catastro de Salto con el número 12.906, del 09/04/18, desde Avda. José Enrique Rodó hasta vía del Ferrocarril.

Aprobado: (30 votos en 30)

Artículo 4º.-Desígnase como calle Julio Herrera y Obes a la denominada como calle “D” (ancho 21 mts.), según plano del Ing. Agrimensor Osvaldo Llama, registrado en la oficina de Catastro de Salto con el número 1.154, del 30/01/59, que corre en sentido E-O desde Avda. José Enrique Rodó en toda su extensión.

Aprobado: (30 votos en 30)

Artículo 5º.-Desígnase como calle Santa Rosa a la denominada como calle “B” (ancho 21 mts.) según plano del Ing. Agrimensor Osvaldo Llama, registrado en la oficina de Catastro de Salto con el número 1.154, del 30/01/59, que corre en sentido N-S, desde Avda. Apolón de Mirbeck en toda su extensión.

Aprobado: (30 votos en 30)

Artículo 6º.-Desígnase como calle Verocay (ancho 17 mts.)  a la primer paralela al oeste de Avda. José Enrique Rodó, a la abierta, según plano del Ing. Agrimensor Rodolfo Margall inscripto con los números 12.906 y 12.951, de fechas 09/04/18 y 24/08/18, respectivamente, desde calle Chile en toda su extensión.

Aprobado: (30 votos en 30)

Artículo 7º.-Desígnase como calle Bella Unión  (ancho 17 mts.)  a la segunda paralela al oeste de avda. José Enrique Rodó, a la abierta  según planos del Ing. Agrimensor Rodolfo Margall inscripto con los números  12.906 y 12.951, de fechas 09/04/18 y 24/08/18 respectivamente, desde calle Chile en toda su extensión.

Aprobado: (30 votos en 30)

Art. 8º.- Comuníquese, etc.

SALA DE SESIONES «GRAL. JOSÉ ARTIGAS» DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sra. Marlene Dornelles Anchorena

1er. Vicepresidente          

Sr. Álvaro da Cunda Leal

       Secretario General 

Salto, 3 de junio de 2021.

Este Decreto contó para su aprobación en general con 30 en 30 Sres. Ediles presentes en Sala.

Sr. Álvaro da Cunda Leal

Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.278/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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